Hola buenas tardes.
He adquirido mi Renault Captur financiando el importe mínimo con la financiera propia de Renault RCI Banque (está en trámite de matriculación). Leyendo detenidamente las cláusulas del contrato encuentro ésta que reproduzco aquí:
12) SEGUROS. El comprador deberá suscribir y mantener durante la vigencia de este contrato, o de
sus prórrogas, un seguro a todo riesgo, sobre el bien cuya adquisición se financia, que cubra los daños
propios del mismo, incluyéndose los supuestos de incendio y robo. se designa como primer beneficiario
de la indemnización del seguro al financiador obligándose al comprador a comunicarlo así al
asegurador, conviniéndose que el asegurador no indemnizará, en cantidad alguna por el siniestro del
bien, al prestatario, sin el consentimiento previo del financiador, el cual queda subrogado en el derecho al
cobro de la indemnización que, en su caso, le pudiera corresponder al prestatario, hasta la cantidad
que quede pendiente del préstamo en el momento del siniestro.
Desconozco si esta cláusula es habitual en este tipo de operaciones pero hasta ahora en otros vehículos que he financiado no la había visto. Indicar que a la hora de financiar me ofrecieron un seguro todo riesgo con franquicia con Mapfre incluido en la financiación que decidí no contratar
Entiendo que, debido a esa cláusula, estoy obligado a incluir a RCI Banque como beneficiario en el seguro que contrate por mi cuenta. Hoy me he acercado a la correduría de seguros del Corte Ingles y la persona que me atendió me ha indicado que ella no había visto esta cláusula anteriormente y que, de hecho, ellos no pueden incluir a la financiera como beneficiario a la hora de tramitarme el seguro.
Los que habéis financiado el vehículo con RCI Banque, ¿habéis incluido a la financiera como beneficiario de un seguro a todo riesgo?. En caso de ser así, ¿con qué compañía lo habéis hecho?
Un saludo y muchas gracias.
He adquirido mi Renault Captur financiando el importe mínimo con la financiera propia de Renault RCI Banque (está en trámite de matriculación). Leyendo detenidamente las cláusulas del contrato encuentro ésta que reproduzco aquí:
12) SEGUROS. El comprador deberá suscribir y mantener durante la vigencia de este contrato, o de
sus prórrogas, un seguro a todo riesgo, sobre el bien cuya adquisición se financia, que cubra los daños
propios del mismo, incluyéndose los supuestos de incendio y robo. se designa como primer beneficiario
de la indemnización del seguro al financiador obligándose al comprador a comunicarlo así al
asegurador, conviniéndose que el asegurador no indemnizará, en cantidad alguna por el siniestro del
bien, al prestatario, sin el consentimiento previo del financiador, el cual queda subrogado en el derecho al
cobro de la indemnización que, en su caso, le pudiera corresponder al prestatario, hasta la cantidad
que quede pendiente del préstamo en el momento del siniestro.
Desconozco si esta cláusula es habitual en este tipo de operaciones pero hasta ahora en otros vehículos que he financiado no la había visto. Indicar que a la hora de financiar me ofrecieron un seguro todo riesgo con franquicia con Mapfre incluido en la financiación que decidí no contratar
Entiendo que, debido a esa cláusula, estoy obligado a incluir a RCI Banque como beneficiario en el seguro que contrate por mi cuenta. Hoy me he acercado a la correduría de seguros del Corte Ingles y la persona que me atendió me ha indicado que ella no había visto esta cláusula anteriormente y que, de hecho, ellos no pueden incluir a la financiera como beneficiario a la hora de tramitarme el seguro.
Los que habéis financiado el vehículo con RCI Banque, ¿habéis incluido a la financiera como beneficiario de un seguro a todo riesgo?. En caso de ser así, ¿con qué compañía lo habéis hecho?
Un saludo y muchas gracias.